Caleufu (LP) 29 de Junio de 2017
VISTO:
La Ordenanza N° 12 /2001 con fecha 17 de Agosto del año 2001, la cual regula el ordenamiento del transito en la localidad de Caleufu, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario delimitar por medio de Arcos metálicos limitantes de altura, las arterias principales de ingreso a nuestra localidad, para no incumplir con dicha Ordenanza.
Que los daños provocados en el pavimento por el transito pesado ya son evidentes.
Que se hace necesario mejorar la situación del transito en las calles de Caleufu.
Que es necesario evitar el deterioro de la Obra Publica, como lo es el pavimento de la localidad
Que es facultad del Concejo Deliberante según establece la Ley N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE
Articulo N° 1: Autorizase la Instalación de Arcos metálicos de 3.50 metros de altura, en las calles que se detallan en el Anexo N° 1 de la presente.
Articulo N° 2: Autorizase la Colocación de carteleria de Señalización para la circulación del transito pesado a modo indicativo, como se detalla en el Anexo N° 2 de la presente.
Articulo N° 3: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Publíquese, cumplido Archívese.
RESOLUCIÓN N° 03/2017


