Caleufu (LP) 26 de Septiembre de 2019
VISTO:
Que la Ordenanza N° 09/2019 aprueba el otorgamiento de un crédito en el marco de la Ley N° 2870 de Promoción Económica y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu (LP), debe expedirse sobre la baja del Préstamo aprobado y no otorgado al Sr Luis Alberto SILVA , DNI 11.582.084,
Que el no otorgamiento del préstamo se debe a la decisión notificada por el beneficiario,
Quelos fondos concedidos por la Provincia equivalen a pesos CIEN MIL ($100.000,00) y el Municipio debe restituir inmediatamente los mismos,
Que resulta necesario cumplir con los actos administrativos correspondientes para la cancelación del préstamo en el marco y facultades de la Ley,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Dejar sin efecto la Ordenanza N° 09/2019 con el fin de hacer efectiva la devolución de pesos CIEN MIL ($100.000,00) otorgados en carácter de “préstamo en condiciones de fomento” al Sr Luis Alberto SILVA, DNI 11.582.084, domiciliado en calle 25 de Mayo N° 633 de esta localidad, en los términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamento, destinado a la Compra de Colmenas para posterior comercialización de miel.
Artículo 2°: Dar de BAJA el Contrato Mutuo firmado entre esta Municipalidad y la Provincia.
Artículo 3°: Devolver los fondos en la forma y modo pactado por el Municipio y la Provincia