Caleufu (LP) 3 de Diciembre del 2021
VISTO:
La Ordenanza N° 31/2021, y
CONSIDERANDO:
- Que en la misma se encuentra un error en la numeración identificativa de la Pala Cargadora.
- Que se hace necesaria la corrección de la numeración para poder avanzar con los trámites correspondientes al registro del automotor,
- Que es facultad de este Cuerpo Deliberante según establece Ley N° 1597, de Municipalidades y Comisiones de Fomento.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 31/2021, el que quedara redactado de la siguiente manera:
Articulo1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la compra en forma directa a la firma “El Marrullero S.A”, CUIT 30-57744058-8 de la Ciudad de General Pico de una Pala Cargadora modelo SDLG L918, con licencia Volvo, marca SDLG, Carrocería VLGL9180AL0600243, Año 2020, a un precio total fijado de (USD) 34.200 (TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DOLARES) el equivalente a pesos $3.522.600,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOSMIL SEISCIENTOS PESOS) en tres pagos iguales y consecutivos de 0, 30 y 60 días de efectuada la compra. Asimismo se faculta al Señor Intendente Municipal a adoptar y Rubricar todas las medidas u Documentos que sean necesarios para el cumplimiento de lo aquí autorizado.
Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
ORDENANZA N° 46/2021