Caleufú (LP), 09 de Noviembre de 2022
VISTO:
La ordenanza N° 48/2021, el Decreto Provincial Nº 988/18 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES "VIVIENDAS LA PAMPA" y la Resolución Nº 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y
CONSIDERANDO:
• Que por la citada Operatoria , la Provincia , a través del INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA , proveerá los fondos a la municipalidad en carácter de aporte financiero NO REINTEGRABLE para la provincia , pero con la obligación de establecer un PLAN DE RECUPERO del mismo por parte de los adjudicatarios de las viviendas construidas por la presente operatoria y la creación de un FONDO CON DESTINO ESPECIFICO PARA LA CONSTRUCCION DE NUEVAS VIVIENDAS ,
• Que el convenio suscripto con el IPAV contemplaba la construcción de (8) viviendas a las que se agregaron dos (2) más a financiar con recursos municipales y/o con ahorros obtenidos por las adquisiciones anticipadas de materiales realizadas por el Departamento Ejecutivo oportunamente,
• Que los fondos obtenidos por el Plan de Recupero de las ocho viviendas construidas en el marco de la operatoria del IPAV, conforme al Convenio suscripto, se aplicaran a la cuenta especial creada a tal fin , mientras que los recuperos de las dos viviendas ejecutadas con fondos municipales se asignaran a la cuenta de rentas generales ,
• Que según informa el Departamento Ejecutivo surge de los registros contables municipales que en el ejercicio 2020 se invirtieron en el mencionado plan $ 1.738.670,50 , en el ejercicio 2021 $ 20.545.708,00 y en el año 2022 $ 7.519.810,44 , cuya sumatoria asciende a $ 29.804.188,94 para el total de diez viviendas,
• Que al costo de construcción por casa de $ 2.980.418,89 se le adiciona el valor del terreno de $ 900.000,00 , monto que condice con los valores de mercado para la localidad, por lo que se determina en $ 3.880.418,00 el costo total por casa a recuperar mediante un plan de pago a suscribir con los respectivos adjudicatarios,
• Que a los fines de que resulte viable el recupero de los fondos y conforme a las atribuciones que le corresponden se estima conveniente subsidiar el costo del terreno,
• Que el Departamento Ejecutivo ha elevado un modelo de acta convenio de entrega de vivienda y plan de pago,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFÚ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Apruébese el modelo de Acta de Convenio destinado a la entrega de viviendas y plan de pagos en el marco del Plan Provincial de Viviendas Sociales "VIVIENDAS LA PAMPA".
Articulo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Acta Convenio con los adjudicatarios incluidos en el plan.
Articulo 3°: Determínese que los fondos a recuperar por las (8) viviendas construidas con fondos provenientes del IPAV serán depositados en la cuenta Cte del Banco de La Pampa N° 268684/6 "VIVIENDAS LA PAMPA", mientras que los fondos a recuperar por las (2) viviendas construidas con recursos municipales serán depositados en la Cuenta Cte del Banco de La Pampa N° 210485/4 -Rentas Generales-.
Artículo 4°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a bonificar la última cuota del año calendario a los adjudicatarios que hayan cumplido en término con el pago de las (11) cuotas anteriores.
Articulo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo de la iviunicipaiidad de Caieufu para su Promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.
ORDENANZA N° 36/2022