ORDENANZA 54 / 2016 - Aprueba Balance Agosto 2016

 


Caleufu (LP) 24 de Noviembre de 2016 


VISTO: 

El Balance del mes de Agosto de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CONN FUERZA DE ORDENANZA
 

Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Agosto de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 54/2016



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ORDENANZA 53 / 2016 - Prorroga Presentación de Presupuesto y Ordenanza Tarifaria 2017

 


Caleufu (LP) 24 de Noviembre de 2016 


VISTO: 

La nota enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 11 de Noviembre de 2016, y 


CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita que se prorrogue la presentación del Presupuesto de Cálculo de Recursos y Erogaciones Municipalés y Ordenanza Tarifaria para el ejercicio financiero 2017.

Que fundamenta dicho pedido en :a) Que a la fecha el Poder Ejecutivo de la Provincia de La Pampa aún no ha presentado el Presupuesto Provincial, solicitando este también una prorroga ante la Cámara de Diputados de la Provincia ; y b) La influencia que tiene el Presupuesto Provincial en la confección del Presupuesto Comunal.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberante Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Prorrogar la presentación, por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, del Presupuesto de Cálculo de Recursos y Erogaciones Municipales y Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio Financiero 2017 , hasta el 31 de Marzo de 2017.

Artículo N° 2: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido, Archívese.



ORDENANZA N° 53/2016





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ORDENANZA 52 / 2016 - Adhiere a Decreto Provincial N° 324-16

 


Caleufu (LP) 10 de Noviembre de 2016 


VISTO: 

El decreto N° 324/16 del Señor Gobernador de la Provincia, Ingeniero Carlos Alberto VERNA. 


CONSIDERANDO: 

Que es de interés de la Municipalidad de Caleufu participar y colaborar en todo lo relativo al orden, defensa y seguridad de las personas de esta localidad,

Que es de suma importancia integrar el Consejo Provincial de Abordaje Integral de la Seguridad,

Que la presente es dictada en el marco de Competencias y Facultades que la Ley de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a los Concejos Deliberantes.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Caleufu al Decreto Provincial N° 324/16 del Señor Gobernador de la Provincia, ingeniero Carlos Alberto VERNA, por el cuál se crea el Consejo Provincial de Abordaje Integral de la Seguridad.

Artículo 2°: Designar como representante de la Municipatidad de Caleufu, a la Sra. Adriana B. Taberne, DNI N° 17.246.870.

Artículo 3°: Elévese copia al Ministerio de Seguridad,

Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y promulgación, comuníquese, publíquese y archívese.



ORDENANZA N° 52/2016





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ORDENANZA 51 / 2016 - Adhiere a Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 26.363

 



Caleufu (LP) 10 de Noviembre de 2016 


VISTO: 

La Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 26.363 y su Decreto Reglamentario N° 1716/08, y 


CONSIDERANDO: 

Que la Provincia de La Pampa se adhiere a la misma mediante Ley Provincial N° 2.443, 

Que a través de dicha Ley Nacional se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial y se contempla la implementación de la emisión de la Licencia Nacional de Conducir, 

Que para la implementación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, y como etapa preliminar se instrumentara el formulario CENAT (Certificado Nacional de Antecedentes de Transito ), que contendrá la información existente en los registros nacionales de antecedentes de tránsito, los provenientes del Registro Nacional de reincidencias y estadísticas criminal y carcelaria , inhabilitaciones para conducir, tanto contravencionales como judiciales , o provenientes de dictámenes emanados de juntas médicas y la contenida en el sistema de antecedentes de transito del registro provincial de antecedentes de tránsito (Re.P.A.T.), además de la información con relación á las multas pendientes de pago de guien tramita la licencia,

Que mediante Ordenanza Múunicipal N° 15/2000 la Municipalidad de Caleufu se encuentra adherida a la Ley Nacional de Transito N° 24.449 y a la Ley Provincial N° 1.713 y sus respectivos Decretos Reglámentarios,

Que es necesario la adhesión a la Ley Nacional N° 26.363 y su reglamentación para iniciar el proceso de certificación de centros de emisión de licencias de conducir (CEL),

Que a través del Decreto 1716/08 el Gobierno Nacional invita a las Municipalidades y Comisiones de Fomento a adherir al régimen de la presente Ley,

Que la aprobación de la gestión que se propicia es facultad del Concejo Deliberante , de acuerdo a lo establecido por la Ley 1.597,


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Caleufu a la Ley 26.363, en un todo y a su Decreto Reglamentario 1716/08, por la cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Artículo 2°: Elévese copia a la Dirección General de Seguridad Vial, y Ministerio de Seguridad.

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y promulgación, comuníquese, publíquese y archivese.


ORDENANZA N° 51/2016






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ORDENANZA 50 / 2016 - Adjudica Inmuebles en Donación

 


Caleufu (LP) 27 de Octubre de 2016 


VISTO: 

Que la Ordenanza Municipal N° 11/2008 , de fecha 03 de Junio de 2008, dispone la DONACION a favor de la Sra. PEREZ, Felisa Susana DNI 22.536.875 y del Sr PEREZ Nelson Adrián , DNI 27.918.250, el terreno denominado catastralmente como: Éjido 083 ,Circ 1, Radio C,Manzana 49, Parc 11, Partida 591.067.


CONSIDERANDO: 

Que se realizaron los tramites de subdivisión del terreno denominado catastralmente como: Ejido 083,Circ1,Radio C, Manzana 49, Parc 11, Partida 591.067,

Que de acuerdo a los registros catastrales quedan asentados como Ejido 083,Circ 01 ,Radio C,Mza 049 ,Parc 20 , PARTIDA 591.067, y como Ejido 083,Circ 01,Radio C, Mza 049,Parc 21 Partida 766.013

Que la presente es dictada en el marco de Competencias y Facultades que la Ley de Municipalidades otorga a los Concejos Deliberantes.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo N° 1: Donar a favor de la Sra. PEREZ, Felisa Susana ,DNI 22.536.875, el terreno denominado catastralmente- como :Ejido 083 ,Circ 01 Radio C,Mza 049, Parc 21, Partida 766013, y a favor de PEREZ Nelson Adrián DNI 27.918.250 el terreno denominado catastralmente como: Ejido 083, Circ 01, Radio C, Mza 049, Parc 20, Partida 591067.

Articulo N° 2: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación. 

Artículo N° 3: Dése at libro de Ordenanzás y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 50/2016





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ORDENANZA 49 / 2016 - Adjudica Inmuebles en Donación

 



Caleufu (LP) 27 de Octubre de 2016 


VISTO: 

Que Municipalidad de Caleufu regularizo la situación dominial de los terrenos denominados catastralmente como Ejido 083, Circ 1, Radio C,Mza 1-B, Parc 22, Partida 795964, y Ejido 083,Circ 1, Radio C, Mza 1-B, Parc23, Partida 795965.

Que la Municipalidad de Caleufu es propietaria de los terrenos denominados catastralmente como Ejido 083, Circ1 Radio C, Mza 1-8 , Parc 22 , Partida 795964 y Ejido 083,Cir 1, Radio C, Mza 1-B, Parc 23 , Partida 795965.

La necesidad de adquirir terrenos en nuestra localidad, manifiesta en la solicitud realizada por los Sres.: NIETO Lucas E. DNI 32.993.755 y LIVINGTON Víctor J. DNI 22.893.537


CONSIDERANDO: 

Que estos vecinos solicitaron ayuda para concretar el sueño de la casa propia, 

Que este Municipio ha proyectado el reordenamiento urbano y mantenimiento de los terrenos baldíos ,

Que los vecinos referenciados se comprometen a cumplir con los requerimientos de esta Ordenanza,

Que es competencia del Concejo Deliberante autorizar la DONACION de terrenos de propiedad Municipal, según dispone el Articulo N° 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de fomento:

Los bienes Municipales podrán ser donados cuando lo fueren a favor del Estado Nacional , Provincial o de otras Municipalidades o Comisiones de Fomento , cooperativas, institutos de enseñanza, salubridad, beneficencia, instituciones deportivas y en general, a entidades de bien público o a personas indigentes o de escasos recursos , ocupantes o no.

Asimismo, las Municipalidades podrán efectuar donaciones a favor de Asociaciones religiosas, gremiales, profesionales, sindicales, educacionales, asistenciales y en general a entidades de bien común legalmente reconocidas que no persigan fines de lucro, de bienes que no estuvieran afectados a servicios públicos ni obras de utilidad en general.

El Concejo Deliberante, autorizara con el voto de los dos tercios del total de sus miembros las donaciones mencionadas.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo N°1: Adjudicar en Donación en el marco del Articulo 98 de la “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento “los terrenos de propiedad municipal denominados catastralmente como Ejido 083, Circ 1, Radio C, Mza 1-B, Parc 22 , Partida 795964 al Sr Víctor LIVINGTON DNI 22.893.537 y como Ejido 083 ,Circ 1,Radio C Mza 1-B Parc 23 Partida 795965 al Sr Lucas Eduardo NIETO DNI 32.993.755, correspondiente los gastos de formalización de los tramites alos adjudicatarios .

Artículo N° 2: Los beneficiarios se obligan a escriturar antes de los 6 meses, y a empezar a edificar en el transcurso de un año.

Artículo N° 3: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación.

Artículo N° 4: Dese al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 49/2016 






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ORDENANZA 48 / 2016 - Aprueba Balance Julio 2016

 


Caleufu (LP) 13 de Octubre de 2016 


VISTO: 

El Balance del mes de Julio de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Julio de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su tonocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 48/2016





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ORDENANZA 47 / 2016 - Autoriza Venta Directa de Medidores de Agua en Desuso

 


Caleufú (LP) 13 de Octubre de 2016 


VISTO: 

Que la Municipalidad de Caleufu tiene CIEN (100) medidores de agua en desuso, 


CONSIDERANDO: 

Que es de interés de este Municipio prestar el Servicio de manera eficiente; 

Que los medidores de agua se corresponden a bienes que oportunamente han sido reemplazados por otros nuevos; 
 
Que los reemplazados no tienen ninguna utilidad para la Comuna y se encuentran totalmente en desuso;

Que existe la posibilidad de vender estos elementos como material reciclable a algún interesado; 

Que dado el escaso valor de los mismos y el acotado interés para su compra, es que no se justifica realizar un procedimiento o subasta pública de dichos bienes;

Que es facultad del Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes Municipales.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a la venta en forma directa de CIEN (100) medidores de agua que se encuentran dados de baja del servicio y totalmente en desuso.

Articulo N° 2: Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento, registro y promulgación, comuníquese, publíquese y archivese.



ORDENANZA N° 47/2016





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ORDENANZA 46 / 2016 - Aprueba Rendición Acompañante Domiciliario

 


Caleufu (LP) 13 de Octubre de 2016 


VISTO: 

La rendición de Acompañante Domiciliario Expedientes N°: 8088/16, 9565/16, 10965/16, elevada por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo al estudio y vetificación, los resultados se consideran. correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Se aprueba la Rendición de Acompañante Domiciliario — Expedientes N° 8088/16, 9565/16, 10965/16, elevada por el Departamento Ejecutivo. 

Artículo 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Articulo N° 3: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 46/2016





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RESOLUCIÓN 06 / 2016 - Solicita Conservación del Monumento al Centenario y Monumento a los Españoles

 


Caleufu (LP) 29 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

El Monumento del Centenario de Caleufu y el Monumento denominado a los Españoles y, 


CONSIDERANDO: 

- Que el 29 de Octubre del corriente año se conmemora el 105 aniversario de la localidad; 

- Que el deterioro y el abandono es una realidad;

- Que los autores del Proyecto enviaron una nota dando a establecer un protocolo para su protección;

- Que es facultad del Concejo Deliberante de acuerdo al Artículo N° 36 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo N° 1: Conservación, habilitación y protección del monumento del Centenario de Caleufu y el Monumento denominado a los Españoles.

Articulo N° 2: Se agrega como anexo el texto correspondiente a la placa del monumento del Centenario de Caleufu.

Articulo N° 3: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para sus demás efectos.



RESOLUCIÓN N° 06/2016





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RESOLUCIÓN 05 / 2016 - Adhiere a Proyecto de Resolución sobre Convenio de Transferencia Servicios Ferroviarios

 


Caleufu (LP) 29 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

La Resolución N° 42/2016 emitida por el Concejo Deliberante de la localidad de General Pico y 


CONSIDERANDO: 

Que en su Artículo N° 2 invita a este Cuerpo Deliberante a expedirse en igual sentido. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo N° 1: Adhiérase al Proyecto de Resolución presentado por el Diputado Nacional por nuestra Provincia Sergio Ziliotto instando al Poder Ejecutivo Nacional, para que cumpla con el compromiso asumido en las clausulas quinta y sexta del Convenio de Transferencia de los Servicios Ferroviarios de transporte de pasajeros interurbanos , entre la provincia de Buenos Aires y el Estado Nacional, suscripto con fecha 08 de Febrero de 2007, que fuera ratificado por Resolución N° 522/2007 DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL Inversión Publica y Servicios y por Ley N° 13.705 de la Provincia de Buenos Aires y en consecuencia;

- Revierta el Proceso de despidos de los trabajadores en relación de dependencia con la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial, empresa dependiente de la provincia de Buenos Aires.

- Arbitre todas las acciones a fin de lograr el establecimiento del Servicio Ferroviario de pasajeros en todas aquellas localidades en las que fuera suspendido.

Articulo N° 2: Enviar copia de la Presente al Gobernador de la Provincia de La Pampa, Cámara de Diputados Provincial, Poder Ejecutivo Nacional.

Artículo N° 3: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para sus demás efectos.


RESOLUCIÓN N° 05/2016




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ORDENANZA 45 / 2016 - Aprueba Balance Junio 2016

 


Caleufú (LP) 15 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

El Balance del mes de Junio de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Junio de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo,

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 45/2016






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ORDENANZA 44 / 2016 - Adjudica Inmuebles en Donación

 






Caleufu (LP) 15 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

Las Ordenanzas N° 11/2005, N° 63/2012, N° 01/2015 del Concejo Deliberante de Caleufu, donde se dispone aceptar la donación de terrenos de ”Estancias y Colonias Trenel S.A” a favor de la Municipalidad de Caleufu, y a suscribir las escrituras traslativas de dominio correspondientes por parte del Ejecutivo. 


CONSIDERANDO: 

Que es de suma importancia regularizar la situación dominial de los terrenos ocupados por vecinos de nuestra localidad. 

Que la Municipalidad de Caleufu acepto en donación terrenos de Estancias y Colonia Trenel S.A. y suscribió las escrituras traslativas de dominio,

Que los inmuebles identificados con las siguientes nomenclaturas catastral serán DONADOS por la Municipalidad de Caleufu a los actuales poseedores:

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio c, Manzana 2, Parcela 5, Partida numero 590.509 corresponde a Mónica Beatriz SCHÉFFER , DNI N° 27.449.096,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana2, Parcela 11,Partida Numero 590.517, corresponde a Carlos Ariel CARRIZO, DNI N° 25.520.084,

- Ejido 083, Circunscripción 1, RadioC, Manzana 3, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.520 corresponde a Domingo CASTAGNO DNI N° 11.509.162 y Gladys Haydee MAMANI , DNI N° 17.262.554,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 3, Parcela 11, PARTIDA NUMERO 590.524 CORRESPONDE a Alberto Bartolo LAMBERTO DNI N° 10.951,048.

- Ejido 083 Circunscripción 1,Radio C, Manzana 4,Parcela 4, PARTIDA NUMERO 590.534 corresponde a lan Cruz AIMAR CORA DNI° 40.610.043.

-  Ejido083 , Circunscripción 1, Radio C, Manzana 4, Parcela 6, PARTIDA NUMERO 590.538 corresponde a Miguel Ángel SCHEFFER DNI N° 26.983.791.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.544 corresponde a Norma Angélica CAMPOS DNI N° 12.287.941.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 7, PARTIDA NUMERO 590.551 corresponde a Raúl Horacio DELSOL DNI N° 24.337.914.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana S, Parcela 9 PARTIDA NUMERO 590.553 corresponde a Héctor Ariel AZNAREZ DNI N° 24.419.994.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C Manzana 5, Parcela 10, PARTIDA NUMERO 590.554 corresponde a Enrique Aníbal URQUIZA DNI N 07.367.997.

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 9, Parcela 4, partida numero 590.596 CORRESPONDE A Juna Carlos QUIROGA DNI N° 12.287.947.

- Que consta en los registros de la Secretaria de Administración y Hacienda pagos de los impuestos Municipales,

- Que es competencia del Concejo Deliberante autorizar la Donación de terreno Municipal, según dispone Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.” Los bienes Municipales podrán ser donados cuando lo fueren a favor del Estado Nacional ,Provincial o de otras Municipalidades o Comisiones de Fomento, cooperativas, institutos de enseñanza, salubridad, beneficencia, instituciones deportivas y en general, a entidades de bien público o a personas indigentes o de escasos recursos, ocupantes o no.

- Asimismo, las Municipalidades podrán efectuar donaciones a favor de Asociaciones religiosas, gremiales, profesionales, sindicales, educacionales, asistenciales y en general a entidades de bien común legalmente reconocidas que no persigan fines de lucro, de bienes que no estuvieran afectados a servicios públicos ni obras de utilidad en general.

- El Concejo Deliberante, autorizar con el voto de los dos tercios del total de sus miembros las donaciones mencionadas.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adjudicar en DONACION en el marco del Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, los siguientes inmuebles;

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio c, Manzana 2, Parcela 5, Partida numero 590.509 corresponde a Mónica Beatriz SCHÉFFER , DNI N° 27.449.096,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana2, Parcela 11,Partida Numero 590.517, corresponde a Carlos Ariel CARRIZO, DNI N° 25.520.084,

- Ejido 083, Circunscripción 1, RadioC, Manzana 3, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.520 corresponde a Domingo CASTAGNO DNI N° 11.509.162 y Gladys Haydee MAMANI , DNI N° 17.262.554,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 3, Parcela 11, PARTIDA NUMERO 590.524 CORRESPONDE a Alberto Bartolo LAMBERTO DNI N° 10.951,048.

- Ejido 083 Circunscripción 1,Radio C, Manzana 4,Parcela 4, PARTIDA NUMERO 590.534 corresponde a lan Cruz AIMAR CORA DNI° 40.610.043.

-  Ejido083 , Circunscripción 1, Radio C, Manzana 4, Parcela 6, PARTIDA NUMERO 590.538 corresponde a Miguel Ángel SCHEFFER DNI N° 26.983.791.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.544 corresponde a Norma Angélica CAMPOS DNI N° 12.287.941.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 7, PARTIDA NUMERO 590.551 corresponde a Raúl Horacio DELSOL DNI N° 24.337.914.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana S, Parcela 9 PARTIDA NUMERO 590.553 corresponde a Héctor Ariel AZNAREZ DNI N° 24.419.994.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C Manzana 5, Parcela 10, PARTIDA NUMERO 590.554 corresponde a Enrique Aníbal URQUIZA DNI N 07.367.997.

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 9, Parcela 4, partida numero 590.596 CORRESPONDE A Juna Carlos QUIROGA DNI N° 12.287.947., todos de propiedad de la Municipalidad de Caleufu .Correspondiendo los gastos de formalización de los tramites a los adjudicatarios, siendo el plazo máximo de escrituración de (12) doce meses.

Artículo 2°: Facultar al Poder Ejecutivo a suscribir el instrumento traslativo de dominio y demás trámites necesarios a tal fin.

Artículo 3°: Elévese copia de la presente a fos interesados.

Artículo 4°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación.

Artículo 5°: Dese al Libro de Ordenanza y Resoluciones, cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 44/2016




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ORDENANZA 43 / 2016 - Adjudica Inmueble en Donación

 



Caleufu (LP) 1 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

La necesidad del Sr .Marcelo UGAS solicitando regularizar la situación dominial del terreno que ocupa desde el año 2010. 

Que en el predio cuya Partida 735893 , Nomenclatura Catastral : Ejido 83 , Circ 01, Rad.C, Mza.023A, Par.21 de propiedad de la Municipalidad de Caleufu , se construyó una Unidad Habitacional, Plan Solución Habitacional N° 1 adjudicada a UGAS Marcelo-Vargas Hilda Isabel en el año 2010. 


CONSIDERANDO: 

Que es de suma importancia ser titular de dominio de! terreno de la casa donde habita la familia;

Que la familia UGAS/VARGAS no tiene otro bien inmueble registrado a su nombre;

Que los mismos son ocupantes del terreno y tienen interés en regularizar su situación;

Que consta en los registros de la Secretaria de Administración y Hacienda pagos puntuales de su vivienda e impuestos municipales,

Que es competencia del Concejo Deliberante autorizar la DONACION de terreno municipal, según dispone Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento: “Los bienes municipales podrán ser donados cuando lo fueren a favor del Estado Nacional, Provincial o de otras Municipalidades o Comisiones de Fomento ,Cooperativas,, institutos de enseñanza, salubridad ,beneficencia, instituciones deportivas y en general, a entidades de bien público o a personas indigentes o de escasos recursos ocupantes o no,

Asimismo, las Municipalidades podrán efectuar donaciones a favor de Asociaciones religiosas, gremiales, profesionales, sindicales, educacionales, asistenciales y en general a entidades de bien común legalmente reconocidas que no persigan fines de lucro, de bienes que no estuvieran afectados a servicios públicos ni obras de utilidad en general.

El Concejo Deliberante, autorizara con el voto de los dos tercios del total de sus miembros las donaciones mencionadas”.

Concejo Deliberante de Caleufú
Calle España 239 - CP 6387 - Caleufú (La Pampa)


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adjudicar en DONACION en el marco del Art N” 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, la parcela , Partida 735893, Nomenclatura Catastral : Ejido 83 , Circ.01, Rad.C, Mza.023A , Par.21 de propiedad de la Municipalidad de Caleufu al Señor UGAS Marcelo .Correspondiendo los gastos de formalización de los tramites al adjudicatario.

Artículo 2°: Facultar al Poder Ejecutivo a suscribir el instrumento traslativo de dominio y demás trámites necesarios a tal fin.

Artículo 3°: Elévese copia de la presente a los interesados.

Artículo 4°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación.

Artículo 5°: Dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archivese



ORDENANZA N° 43/2016





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ORDENANZA 42 / 2016 - Ratifica Contrato de Concesión Restaurant Parque Recreativo Municipal

 


Caleufu (LP) 1 de  Septiembre de 2016 


VISTO: 

El contrato de concesión celebrado por la Municipalidad de Caleufu con la Sra. Carla María Garay DNI 24.702.270 con fecha 04 de Agosto de 2016. 


CONSIDERANDO: 

Que mediante dicho contrato la Sra. Carla María Garay, DNI 24.702.270, se convierte en CONCESIONARIO de los servicios del Restaurante Confitería de propiedad municipal ubicado en el Parque Recreativo Municipal de Caleufu , Sito en la calle España sobre el acceso de ingreso a la localidad.

Que el término de este contrato queda fijado en 1 año con opción a dos más, a partir del día 04 de Agosto de 2016, venciendo el plazo contractual el día 04 de Agosto de 2017.

Que el Contrato de Concesión fue analizado y aprobado por este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 31 de Agosto de 2016.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Ratificar todo lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal en la suscripción del contrato de concesión celebrado con la Señora Carla María GARAY, DNI 24.702.270, con fecha 04 de Agosto de 2016,

Artículo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido archívese.



ORDENANZA N° 42/2016





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ORDENANZA 41 / 2016 - Aprueba Balance Mayo 2016

 


Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016 


VISTO:

El Balance del mes de Mayo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Mayo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 41/2016






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ORDENANZA 40 / 2016 - Declara de Interés Municipal los Festejos del 105° Aniversario de Caleufú

 




Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016 


VISTO: 

El 105° aniversario de la localidad a cumplirse el 29 de Octubre del corriente año; y 


CONSIDERANDO: 

Que es intención de la Municipalidad realizar una serie de eventos y festejos para conmemorar dicho aniversario;

Que dentro de dichos eventos y festejos se prevé la realización de distintas actividades culturales con la participación de las entidades e instituciones del medio , un acto central con la recepción de autoridades locales, provinciales e invitados especiales, y la presentación de diversos espectáculos musicales a cargo de artistas zonales y nacionales;

Que a los fines de llevar adelante la organización de la fiesta resulta adecuado declarar de interés Municipal a la misma, integrando y comprometiendo así a las instituciones e entidades del medio, como también a la población en general;

Que para solventar parcialmente los distintos gastos de organización el Departamento Ejecutivo brindara y explotara los servicios de cantina y además solicitara a los distintos comercios y empresas del medio su colaboración a cambio de alguna pauta publicitaria;

Que este Cuerpo Deliberativo comparte y acompaña con beneplácito la organización del 105° aniversario de la localidad;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Declárese de interés municipal la conmemoración y festejos del 105° aniversario de la localidad.

Artículo 2°: Facultese al Poder Ejecutivo a llevar a cabo las distintas acciones, actividades y contrataciones destinadas a la organización del aniversario , autorizándose la explotación en el mismo de los servicios de cantina y la solicitud a las empresas y comercios del medio colaboraciones a cambio de alguna pauta publicitaria a desarrollarse en el transcurso del evento.
Los ingresos percibidos y su correspondiente afectación deberán ser rendidos mediante un Balance a este Cuerpo Deliberativo dentro de los treinta días corridos de la fecha del aniversario.

Artículo 3°: Ratificase lo actuado por el Poder Ejecutivo y apruébense las contrataciones realizadas con el Señor Roberto Ayala, en representación de los “Ceibales” por un monto de $30.000 y de “Paola Arias” por un monto de $60.000, conforme a los contratos que se adjuntan.

Artículo 4°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcribase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 40/2016






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