Caleufu(LP) 16 de diciembre de 2015
VISTO:
La presentación del Departamento Ejecutivo relacionada con el proyecto de una nueva Estructura Organizativa del mismo,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este cuerpo un proyecto de Ordenanza General que establece una nueva Estructura Organizativa en reemplazo de la Existente
Que ante esta situación se elaboro un proyecto de Ordenamiento Administrativo que respondiera a las necesidades actuales.
Que dicho proyecto crea una estructura administrativa compuesta por tres Secretarias y un Juzgado de Faltas dependiente jerárquicamente del Intendente Municipal, cuyas competencias y funciones se definen mediante la creación de secciones.
Que así mismo se crean dos cargos de Capataces Municipales, uno Capataza de calle y otro, de Corralón y Parque Automotor, dependientes de la secretaria de Obras y Servicios Públicos.
Que este Consejo, previo análisis del mismo, comparte la estructura orgánica propuesta,
Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo establecer las formas organizativas y funcionales con que dispondrá el Departamento Ejecutivo para el cumplimiento de su gestión , las que se encuentran específicamente determinadas en el articulo 76 de la L.O.M.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1°: Apruébese la Estructura Organizativa del Departamento Ejecutivo, su asignación de funciones y competencias, que en Organigrama y Manual de funciones. Se adjunta _ como anexo 1 y 2 _ e integra la parte resolutiva de la presente ordenanza, conforme lo establecido en artículos 76 y 77 y concordantes de la Ley Provincial 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.
Artículo 2°: Créense tres Secretarias ,bajo la denominación de Hacienda y Administración : Obras y Servicios Públicos ; Coordinación y Planificación con las facultades y competencias que en el organigrama y manual de funciones _ anexo 1 y 2 — se establecen para dichos cargos.
Artículo 3°: Creense dos cargos de Capataz Municipal, los que se denominaran Capataz municipal de calles y Capataz municipal de Corralón y parque automotor con las facultades y competencias que en el organigrama y manual de funciones_ anexo 1 y 2_establezcan para dichas funciones.
Artículo 4°: Créese un juzgado de faltas cuyas funciones y competencias constan en el organigrama y manual de funciones que como _ anexo 1 y 2_se incorporan a la presente ordenanza.
Artículo 5°: Deróguese la Ordenanza n: 11/2011 y toda ordenanza en materia de estructura orgánica que a la fecha se encuentre vigente y que se oponga a la presente.
Artículo 6°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y promulgación , comuníquese, publíquese y archívese...
ORDENANZA N° 57/2015