Caleufu (LP) 21 de Diciembre de 2015
VISTO:
El estado de deterioro en que se encuentran ciertos, equipos ,maquinarias, y herramientas de propiedad de la Municipalidad de Caleufu, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario optimizar la prestación de los servicios públicos municipales.
Que a tal fin, se hace necesario modernizar los equipos y maquinarias que componen el parque automotor del municipio.
Que de acuerdo a la normativa vigente, previo a celebrarse la venta, los objetos deben ser desafectados del servicio público al cual se encuentran sujetos
Que a fines de evitar el remate público en tanto que generara gastos de difícil cobertura con el producido de la venta-dado el escaso valor de los bienes-resulta necesario autorizar la venta directa de los mismos, metodología que solo debe ser viable excepcionalmente cuando las circunstancias del caso así lo requieran y con el voto afirmativo de los dos tercios de los miembros de este Cuerpo, conforme lo dispone el art: 95 de la Ley Provincial de Municipalidades y Comisiones de Fomento.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Apruébese el precio base de venta de $8.000,00 para camión marca: Ford,año 1969, motor marca perkins , numero : 6224188,...potencia 102 hp...
Articulo 2°: Desafectese del dominio público municipal el bien detallado, el que automáticamente pasara a formar parte integrante del dominio privado del municipio con el objeto de su venta.
Articulo 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la venta en forma directa del bien antes mencionado, facultándose al sr Intendente a adoptar y rubricar todas las medidas y documentos que sean necesarios para el cumplimiento de lo aquí autorizado, notificando a este Cuerpo Deliberativo , para conocimiento de los mismos.
Artículo 4°: La venta a realizarse nunca podrá ser por debajo del precio base fijado para este bien.
Artículo 5°: Una vez perfeccionada la venta, autorizase a proceder a la baja del bien en el inventario Municipal.
Articulo 6°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, pase al libro de registro de Ordenanzas, Publíquese y archivese
ORDENANZA N° 60/2015