ORDENANZA 49 / 2023 - Autoriza Escrituración de Inmueble

 


Caleufú (LP), 24 de Noviembre de 2023 


VISTO: 

La ordenanza del Concejo Deliberante de Caleufú Nº 42/2023;  


CONSIDERANDO:    

- Que resulta necesaria la autorización del Concejo Deliberante para realizar la escritura del inmueble,
 
- Que ya están cargados concretamente los datos catastrales de tal terreno en la Dirección de Catastro de la Provincia de La Pampa; 

- Que la presente es dictada en el ejercicio de las facultades que la Ley 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa confiere a este cuerpo. 


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 

Artículo 1º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir la escritura traslativa del terreno denominado catastralmente como: Ejido 083, Circ 01, Rad a, Mza 085, Parc 01, Numero de Partida 825012, de propiedad de Aznarez, Héctor Ariel DNI: 24.419.994 y Alvez, José Alberto DNI: 5.083.530, sector delimitado por las calles Pueyrredón, Irigoyen, Raúl N. Morales y Noerní Rodriguez, facultándose al pago de todos los gastos, sellos y honorarios necesarios que la escrituración demanda. 

Artículo 2°: El valor del inmueble establecido a los efectos de realizar la escritura traslativa es de $21.559.748,50 

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y promulgación. Artículo 41: Pase a secretaría, cumplido, archívese. 


ORDENANZA N° 49/2023 



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