ORDENANZA 36 / 2017 - Aprueba Balance Agosto 2017

 



Caleufu (LP) 30 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

El Balance del mes de Agosto de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Agosto de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 36/2017





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ORDENANZA 35 / 2017 - Autoriza Subdivisión de Terreno

 



Caleufu 16 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

La solicitud enviada por la Señora Lidia Martha Ullan, DNI (11.284.633) de autorización para subdividir el terreno denominado catastralmente como: Parcela 21, Manzana 19, ubicado en la Sección 7, Fracción C, Lote 6 de Caleufu, y 

CONSIDERANDO: 

Que la Municipalidad de Caleufu no posee Código Urbanístico, 

Que la Dirección General de Catastro de la Provincia de La Pampa solicita el Pronunciamiento de este Concejo,

Que es facultad de este Cuerpo Deliberante según. lo establece la Ley N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 


Articulo 1°: Autorizase la Subdivisión del terreno denominado catastralmente como: Parcela 21, Manzana 19 ubicado en la Sección 7, Fracción C, Lote 6 de Caleufu, surgiendo de la misma dos Parcelas de acuerdo al Plano Adjunto de 249,84 metros cuadrados y 247,16 metros cuadrados respectivamente, quedando dos parcelas con frentes sobre calle Roque Sáenz Peña de 7,90 metros que hace la esquina y 8,30 metros la restante, cuyo frente sobre calle 9 de Julio mediría 4.06 metros.

Articulo 2°: Elévese Copia de la Presente a la Solicitartte de esta autorización.

Articulo 3°: Elévese copia de la Presente al Departamento Ejecutivo Municipal para conomiento y de torma, Pase a Secretaria, Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones. Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 35/2017






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ORDENANZA 34 / 2017 - Prorroga Período Sesiones Ordinarias 2017

 


Caleufú (LP) 16 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

Que la Ley N° 1597, Orgánica de Mudiicipalidades y Comisiones de Fomento, dispone que el día 30 de Noviembre finalicen las Sesiones Ordinarias de los Concejos Deliberantes , y 


CONSIDERANDO: 

Que a este Cuerpo aun le quedan temas para tratar en las distintas Comisiones, previéndose además la entrada de nuevos Asuntos que requieren tratamiento. 

Que Diciembre es un mes de actividad normal en el ámbito Municipal. 

Que acorde lo estipulado por el Articulo N° 14, Segundo Párrafo de la Ley N° 1597, este Cuerpo puede prorrogar el Periodo Ordinario de Sesiones.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 


Articulo 1°: Prorrogase el periodo Ordinario de Sesiones de este Concejo Deliberarte hasta el día 15 de Diciembre de 2017.

Articulo 2°: Comúniquese; Públiquese, Regístrese y Cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 34/2017





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ORDENANZA 33 / 2017 - Prorroga Presentación Presupuesto y Ordenanza Tarifaria 2018

 



Caleufu (LP) 16 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

La nota enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 25 de Octubre de 2017, y 


CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita que se prorroguela presentación del Presupuesto de Cálculo de Recursos y Erogaciones Municipales y Ordenanza Tarifaria para el ejercicio financiero 2018.

Que fundamenta dicho pedido en a) Que a la fecha el Poder Ejecutivo de la Provincia de La Pampa aún no ha presentado el Presupuesto Provincial, solicitando este también una prórroga ante la Cámara de Diputados de la Provincia; y b) La influencia que tiene el Presupuesto Provincial en la confección del Presupuesto Cormunal.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberante Municipal. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Prorrogar la presentación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, del Presupuesto de Cálculo de Recursos y Erogaciones Municipales y Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio Financiero 2018, hasta el 30 de Marzo de 2018.

Articulo N° 2: Notifíquese con copia al Departarmento Ejecutivo, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido, Archívese.



ORDENANZA N° 33/2017





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ORDENANZA 32 / 2017 - Aprueba Balance Julio 2017

 



Caleufu (LP) 3 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

El Balance del mes de Julio de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Apruébese el Balance del mes de Julio de 2017, elevado por el Departámento Ejecutivo.

Articulo 2°: Elévese copia de la Presente al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento y de Forma.

Articulo 3°: Pase a Secretaria, Transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido esto Archívese.


ORDENANZA N° 32/2017





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ORDENANZA 31 / 2017 - Autoriza Convenio con Dirección Provincial de Vialidad para Realizar Terraplenes

 


Caleufu (LP) 3 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

La Ordenanza N° 14/2017 y; 


CONSIDERANDO: 

Que a través de la Norma citada se declara la emergencia Hídrica Económica y Social en el Ejido Municipal de nuestra localidad, a raíz de las inundaciones ocurridas en la zona, lo que provoco graves consecuencias de infraestructura entre otras. 

Que las consecuencias de las inundaciones afectan directamente a nuestra población como también a terceros que circulen por las rutas y caminos que citcundan esta localidad , especialmente en lo que atiente a los caminos vecinales , lo que implica que los vehículos no puedan circular con normalidad en los tramos de caminos afectados por las inundaciones , no pudiendo tampoco sacar la producción de los campos.

Que a los fines de coordinar acciones en forma conjunta con la Dirección Provincial de Vialidad se hace necesario la suscripción de un convenio con el nombrado organismo.

Que la presente es dictada conforme a las facultades de este Concejo Deliberante. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 


Articulo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un convenio con la Dirección Provincial de Vialidad, para realizar terraplenes de avances en los caminos pertenecientes a la Red Terciaria.

Articulo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Publíquese y Cumplido esto Archívese. 



ORDENANZA N° 31/2017 





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ORDENANZA 30 / 2017 - Autoriza Ejecución Obra de Reparación Integral del Edificio Municipal

 



Caleufu (LP) 3 de Noviembre de 2017 


VISTO: 

La solicitud del Expediente N° 7368/2017 “S/REPARACION INTEGRAL EDIFICIO MUNICIPAL -CALEUFU - (LP)".


CONSIDERANDO: 

Que el Director de Obras Básicas y Arquitectura , perteneciente al Gobierno de la Provincia de La Pampa, solicita a la Municipalidad de Caleufu que , en el marco de la Ley Provincial General de Obras Publicas N° 38, autorice al Gobierno de La Pampa, para que a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos ejecute la Obra REPARACION INTEGRAL EDIFICIO MUNICIPAL.

Que el inmueble donde se encuentra emplazado el edificio Municipal es Propiedad 100% de la Municipalidad de Caleufu.

Que la obra de reparación será financiada por el Gobierno de La Provincia de La Pampa y ejecutada a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizase al Gobierno de la Provincia de La Pampa para que a través de su Ministerio de Obras y Servicios Públicos, ejecute la Obra de Reparación Integral Edificio Municipal de Caleufu (La Pampa) que se encuentra emplazado en el Inmueble Parcela 1, Manzana 029 , Radio C, Ejido 083 , Circ. 1. Partida 725803, Propiedad 100% de la Municipalidad de CALEUFU.

Articulo 2°: Deróguese la Ordenanza N° 45/2015. 

Articulo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al libro Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 30/2017






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RESOLUCIÓN 07 / 2017 - Adhiere a Resolución N° 70-2017 Concejo Deliberante de Gral. Pico

 


Caleufu (LP) 19 de Octubre de 2017 


VISTO: 

La Resolución N° 70/2017 emitida por el Concejo Deliberante de la localidad de General Pico, y 


CONSIDERANDO: 

Que en su Artículo N° 3 invita a este Cuerpo Deliberante a expedirse en igual sentido.


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
RESUELVE 


Articulo N° 1: Adhiérase al Artículo N° 1 de la Resolución N° 70/2017 de la localidad de General Pico.

Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese ál Departamento Ejecutivo, Publíquese, Cumplido esto, Archívese.


RESOLUCIÓN N° 07/2017

  



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ORDENANZA 29 / 2017 - Iluminación de Intersección del Acceso Oscar M. Jorge y Calle Urquiza

 






Caleufu (LP) 19 de Octubre de 2017 


VISTO: 

Que en la Intersección del Acceso “Oscar Mario Jorge" y calle Urquiza no existe el Servicio de iluminación eléctrica; 


CONSIDERANDO: 

Que a pocos metros se encuentra el tendido de una línea de cableado urbano; 

Que se hace necesario la instalación de iluminación en esa zona; 

Que es muy transitada por vecinos de nuestra localidad; 

Que la falta de iluminación dificulta la seguridad de todo aquel que tránsite por ambas arterias antes mencionadas; 

Que el Acceso “Oscar Mario Jorge“ es uno de los ingresos obligatorios por vía asfáltica a nuestra localidad, por lo que en dicha intersección se hace indispensable la iluminación eléctrica en los horarios nocturnos;

Que en distintas localidades se han colocado columnas de iluminación mediante Paneles Solares (Iluminación Renovable).

Que la colocación de iluminación mejoraría la imagen que tiene el viajero cuando ingresa o se va de la localidad, beneficiando la importancia estética;

Que es facultad de este Cuerpo Delibéránte según lo establece la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Dirigirse al Departamento Ejecutivo para que tramite ante el Consejo de Administración de la Cooperativa de Provisión para Obras y Serviciós Públicos de Caleufu Limitada la posibilidad de la colocación de Columnas de Iluminación en dicha intersección, junto con su línea de cableado como lo sugiere el Anexo 1° de la Presente.

Artículo 2°: Sugerir al Departamento Ejecutivo que se aplique Iluminación Renovable “Columnas de Iluminación mediante Paneles Solares”, como lo presenta el Anexo 2° de la Presente.

Artículo 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a gestionar formas de pago con la Institución mencionada en el Artículo 1° adecuadas a las erogaciones que la Municipalidad pueda realizar.

Articulo 4°: El Departamento Ejecutivo deberá informar al Concejo Deliberante en el supuesto de lograr un acuerdo con la Cooperativa para este ser formalizado a través de la Ordenanza correspondiente.

Artículo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento.

Articulo 6°: Pase a Secretaria dese al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto Archivese. 


ORDENANZA N° 29/2017




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ORDENANZA 28 / 2017 - Autoriza Contratación de Mano de Obra para Ejecución de Cordón Cuneta

 



Caleufu (LP) 19 de Octubre de 2017 


VISTO: 

La ejecución de la Obra de Cordón Cuneta en nuestra localidad; 


CONSIDERANDO: 

Que la misma es financiada con recursos provenientes del Programa Provincial de Agua y Saneamiento PROPAYS- dependiente de la Administración Provincial de Agua (APA) y del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de La Pampa;

Que la referida obra consiste en la construcción de 2060 metros lineales de cordón cuneta sobre la calle Moreno, entre Hipólito Yrigoyen y Urquiza ;

Que el Poder Ejecutivo ha elevado una solicitud de contratación directa de mano de Obra para la realización de dichos trabajos a favor del Señor Héctor Aníbal Sanabria , CUIT : 20-24377340-8;

Que la referida contratación prevé la provisión de la mano de Obra destinada a la ejecución de 2060 metros lineales: de cordón cuneta a un valor de $250 por metro lineal ;

Que le corresponde a este Concejo Deliberante autorizar la contratación referida;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa el Suministro de mano de Obra para la ejecución de 2060 metros lineales de cordón cuneta al Señor Héctor Aníbal Sanabria, CUIT: 20-24377340-8, a un precio de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) por metro lineal.

Articulo 2°: El presente gasto será imputado a la partida presupuestaria vigente. 

Articulo 3°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y Aprobado, Transcríbase al Libro de Ordenanza s y Resoluciones, cumplido, Archívese.



ORDENANZA N° 28/2017





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ORDENANZA 27 / 2017 - Aprueba Balance Junio 2017

 



Caleufu (LP) 5 de Octubre de 2017 


VISTO: 

El Balance del mes de Junio 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Junio de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Líbto de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 27/2017





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ORDENANZA 26 / 2017 - Autoriza Pago de Flete de Tosca desde Cantera a Caminos Vecinales

 



Caleufu (LP) 29 de Septiembre de 2017 


VISTO: 

La Ordenanza N° 14/2017 y; 


CONSIDERANDO: 

Que a través de dicha norma se declara la Emergencia Hídrica, Económica y Social en el ejido de nuestra localidad;

Que también en la citada Ordenanza se adhiere a la conformación de consorcios creados por el Decreto 577/58 según Art 37 y 38, y se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a actuar como miembro consorcista, incluyéndose en la Emergencia Hídrica la Obra “Explotación de Cantera para mejoramiento de caminos vecinales”;

Que la Dirección Provincial de Vialidad ha girado a nuestra Comuna la suma de $ 299.700,00 destinados al pago del transporte de la tosca extraída de la cantera;

Que se debe proceder al pago del referido servicio a la empresa encargada de realizar los correspondientes fletes de tosca desde la Cantera.a los caminos vecinales en que se está a trabajando en su mantenimiento y reparación;

Que le corresponde y es facultad de este Concejo Deliberante el dictado de la presente; 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a abonar a la Empresa QUERANDI S.A CUIT: 30-71148826-6 la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS ($ 299.700,00) en concepto de flete de tosca desde la Cantera a los caminos vecinales donde se están realizando trabajos de mantenimiento y reparación.

Artículo 2°: El gasto autorizado será financiado con recursos provenientes de la Dirección Provincial de Vialidad en el marco de la Ley 2358.

Artículo 3°: El presente gasto deberá imputarse a la partida presupuestaria en vigencia.

Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 26/2017






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ORDENANZA 25 / 2017 - Desafecta y Autoriza Venta Directa de Camioneta Chevrolet S10 2009

 



Caleufu (LP) 21 de septiembre de 2017 


VISTO: 

El Sinestro ocurrido el 03 de junio del corriente año, en el que se vio involucrado el rodado marca Chevrolet, modelo S10, dominio IFA 557, Año 2009, propiedad Municipal; y 


CONSIDERANDO: 

Que según consta en acta de Exposición radicada en la Comisaría Local, el rodado fue colisionado en la parte trasera por una camioneta marca Toyota Hilux, dominio NTB 667;

Que a posteriori se llevaron a cabo ante las Compañías de Seguros todos los trámites necesarios a los fines de reclamar los daños materiales sufridos;

Que como consecuencia se recibió una oferta por indemnización de Allianz Argentina Cía. de Seguros S.A por la suma de $135.000,00 

Que, sin prejuicio de la oferta por indeminización, el rodado siniestrado quedara en propiedad de la Comuna y dado el estado en que se encuentra el mismo se considera conveniente desafectarlo del inventario municipal para poder así proceder a su venta en forma directa;

Que de acuerdo a la normativa vigente se hace necesaria la intervención del Concejo Deliberante para autorizar tanto la previa desafectación del bien, como la venta en forma directa del mismo;

Que en tal sentido el Departamento Ejecutivo há remitido un pedido de autorización al respecto;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Desafectar de la prestación del Servicio Publico Municipal de Caleufu el rodado marca Chevrolet, Modelo S10, Dominio IFA 557, Año 2009 el que automáticamente dejara de ser parte del dominio de la Municipalidad de Caleufu.

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la venta en forma directa del rodado mencionado en el Artículo anterior, facultándose al Señor Intendente Municipal a adoptar y rubricar todas las medidas y documentos que sean necesarios para el cumplimiento de lo aquí autorizado.

Artículo 3°: Una vez perfeccionada la venta, autorizase a proceder a la baja del bien en el inventario Municipal.

Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, comuníquese, Publíquese y Archívese.



ORDENANZA N° 25/2017





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ORDENANZA 24 / 2017 - Aprueba Balance Mayo 2017

 



Caleufu (LP) 7 De Septiembre de 2017 


VISTO: 

El Balance del mes de Mayo de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Mayo de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma,

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcribase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 24/2017





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ORDENANZA 23 / 2017 - Amplía Fondo Atención Emergentes Socio-Productivos

 




Caleufu (LP) 7 de Septiembre de 2017 


VISTO: 

La Ordenanza N° 43/2012; 


CONSIDERANDO: 

Que a través de dicha norma se crea el Fondo de Atención de Emergentes Socio-Productivos; 

Que con fecha 12 de Junio se dicta la Ordenanza 38/2013 por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a ampliar el Fondo en la suma de $60.000,00 con Aportes Comunales; 

Que asimismo en el Articulo 4° de la Ordenanza 43/2012 se fijan las condiciones de los prestamos a otorgar con la operatoria creada;

Que a solicitud del Departamento Ejecutivo se cree necesario y conveniente ampliar los montos del Fondo y de los prestamos a otorgar . como también el plazo de devolución de los mismos , dado el tiempo transcurrido desde su creación y la naturaleza de los problemas a resolver;

Que le corresponde y es facultad de este Concejo Deliberante el dictado de la presente; 


POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a ampliar el FONDO DE ATENCION DE EMERGENTES SOCIO-PRODUCTIVOS en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00) con recursos Municipales.

Articulo 2°: Modificase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 43/2012 el que quedara redactado de la siguiente manera:

“Articulo 4°: Los Solicitantes deberán llenar una planilla de Solicitud de Préstamo, planteando la situación de necesidad del mismo, la cantidad de fondos necesaria y el destino de los mismos. Una vez aprobados con informes de conformidad, elaborado las Áreas Social y Productiva, se celebrara un Contrato de Mutuo con la Municipalidad donde constaran: Monto del préstamo-que no podrá superar los PESOS VEINTE MIL ($20.000,00) por beneficiario , destino del mismo , importes y fechas de devolución.
El Plazo de devolución no podrá superar las veinte (20) cuotas mensuales y consecutivas.” 

Articulo 3°: Modificase el Artículo 8° de la Ordenanza N° 43/2012, el que quedara redactado de la siguiente manera: 

“Articulo 8°: El Departamento Ejecutivo deberá informar a este Concejo Deliberante sobre los Créditos Otorgados, condiciones de los mismos y estado de los recuperos luego de realizada la primera entrega y en lo sucesivo cada seis (6) meses.”

Articulo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto Archívese.



ORDENANZA N° 23/2017






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RESOLUCIÓN 06 / 2017 - Adhiere a Decreto Provincial N° 1639-17

 



Caleufu (LP) 29 de Agosto de 2017 


VISTO: 

La nota enviada por el Departamento Ejecutivo a electos que se adhiera al Decreto N° 1639/17, y 


CONSIDERANDO: 

Que se hace necesaria la adhesión al Decreto N° 1639/17 que regula la Sistematización de las Guías de Campaña para el traslado de Semovientes y Cueros. 

Que en el Artículo 8° del Decreto N° 1639/17 invita a las Municipalidades a adherirse a los términos del presente decreto. 

Que es facultad de este Cuerpo Deliberante, como lo establece la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.  


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
RESUELVE 

Artículo N° 1: Adhiérase al Decreto Provincial N° 1639/17 que regula la Sistematización de las Guías de Campañas para el traslado de Semovientes y Cueros. 

Artículo N° 2: Elévese copia de la Presente Resolución al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Articulo N° 3: Pase a Secretaria, Transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto Archívese.


RESOLUCIÓN N° 06/2017





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ORDENANZA 22 / 2017 - Desafecta y Autoriza Venta Directa de Camión Chevrolet 1968

 




Caleufu (LP) 24 de agosto de 2017 


VISTO: 

+ Que integran el Parque Automotor Municipal vehículos en mal estado, que presuponen gastos permanentes para poder utilizarlos; y 


CONSIDERANDO: 

Que es necesario optimizar la prestación de los Servicios Públicos Municipales;

Que a los efectos del cumplimiento de los mencionados Servicios se hace necesario modernizar alguno de los equipos y maquinarias que componen el Parque Automotor de este Municipio,

Que en tal sentido se ha evaluado el estado del camión CHEVROLET, modelo 1968 dominio B- 042141, concluyéndose que, dado su antigüedad y estado, no se encuentra en condiciones para prestar los Servicios para los cuales fue afectado,

Que, sin prejuicio de lo expuesto, y a los efectos de no perder recursos patrimoniales, es conveniente proceder a la venta del mencionado bien,

Que el mismo a la fecha, se encuentra afectado a Servicios Generales,

Que, de acuerdo a la normativa vigente, previo a la venta del bien, se debe desafectar el mismo al Servicio antes mencionado,

Que de igual forma es necesaria la intervención de este Cuerpo Deliberativo a los efectos de autorizar la venta directa del bien en cuestión,

Que en tal sentido el Departamento Ejecutivo ha remitido un pedido de autorización para realizar, previa desafectación del bien, la venta en forma directa, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Desafectar de la prestación del Servicio público Municipal de Caleufu el camión marca CHEVROLET, MODELO 1968, DOMINIO B042141, el que automáticamente dejara de ser parte del dominio privado de la Municipalidad de Caleufu.

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la venta en forma directa del camión mencionado en el Artículo 1°, al Señor Mario Roberto TABERNE, DNI 17.766.534 con un precio fijado en $40.000,00, pagaderos en tres veces, facultándose al Señor Intendente Municipal a adoptar y rubricar todas las medidas y documentos que sean necesarios para el cumplimiento de lo aquí autorizado.

Artículo 3°: Una vez perfeccionada la venta, autorizase a proceder a la baja del bien en el Inventario Municipal.

Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y Promulgación, comuníquese, Publíquese y Archívese.


ORDENANZA N° 22/2017





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RESOLUCIÓN 05 / 2017 - Adhiere a Resolución N° 35-2017 Concejo Deliberante Gral. Pico

 



Caleufu (LP) 10 de Agosto de 2017


VISTO: 

La Resolución N° 35/2017 emitida por el Concejo Deliberante de la localidad de General Pico, y 


CONSIDERANDO: 

Que en su Artículo N° 2 Invita a este Cuerpo Deliberante a expedirse en igual sentido. 


POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU 
RESUELVE 


Articulo N° 1: Adhiérase al Artículo N° 1 de la Resolución N° 35/2017 de la localidad de General Pico.

Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Publíquese, Cumplido esto, Archívese.


RESOLUCIÓN N° 05/2017 





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ORDENANZA 21 / 2017 - Aprueba Balance Abril 2017

 


Caleufu (LP) 10 de Agosto de 2017 


VISTO: 

El Balance del mes de Abril de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Abril de 2017, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 21/2017





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