RESOLUCIÓN 06 / 2016 - Solicita Conservación del Monumento al Centenario y Monumento a los Españoles

 


Caleufu (LP) 29 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

El Monumento del Centenario de Caleufu y el Monumento denominado a los Españoles y, 


CONSIDERANDO: 

- Que el 29 de Octubre del corriente año se conmemora el 105 aniversario de la localidad; 

- Que el deterioro y el abandono es una realidad;

- Que los autores del Proyecto enviaron una nota dando a establecer un protocolo para su protección;

- Que es facultad del Concejo Deliberante de acuerdo al Artículo N° 36 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo N° 1: Conservación, habilitación y protección del monumento del Centenario de Caleufu y el Monumento denominado a los Españoles.

Articulo N° 2: Se agrega como anexo el texto correspondiente a la placa del monumento del Centenario de Caleufu.

Articulo N° 3: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para sus demás efectos.



RESOLUCIÓN N° 06/2016





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RESOLUCIÓN 05 / 2016 - Adhiere a Proyecto de Resolución sobre Convenio de Transferencia Servicios Ferroviarios

 


Caleufu (LP) 29 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

La Resolución N° 42/2016 emitida por el Concejo Deliberante de la localidad de General Pico y 


CONSIDERANDO: 

Que en su Artículo N° 2 invita a este Cuerpo Deliberante a expedirse en igual sentido. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE


Articulo N° 1: Adhiérase al Proyecto de Resolución presentado por el Diputado Nacional por nuestra Provincia Sergio Ziliotto instando al Poder Ejecutivo Nacional, para que cumpla con el compromiso asumido en las clausulas quinta y sexta del Convenio de Transferencia de los Servicios Ferroviarios de transporte de pasajeros interurbanos , entre la provincia de Buenos Aires y el Estado Nacional, suscripto con fecha 08 de Febrero de 2007, que fuera ratificado por Resolución N° 522/2007 DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL Inversión Publica y Servicios y por Ley N° 13.705 de la Provincia de Buenos Aires y en consecuencia;

- Revierta el Proceso de despidos de los trabajadores en relación de dependencia con la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial, empresa dependiente de la provincia de Buenos Aires.

- Arbitre todas las acciones a fin de lograr el establecimiento del Servicio Ferroviario de pasajeros en todas aquellas localidades en las que fuera suspendido.

Articulo N° 2: Enviar copia de la Presente al Gobernador de la Provincia de La Pampa, Cámara de Diputados Provincial, Poder Ejecutivo Nacional.

Artículo N° 3: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para sus demás efectos.


RESOLUCIÓN N° 05/2016




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ORDENANZA 45 / 2016 - Aprueba Balance Junio 2016

 


Caleufú (LP) 15 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

El Balance del mes de Junio de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Junio de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo,

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 45/2016






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ORDENANZA 44 / 2016 - Adjudica Inmuebles en Donación

 






Caleufu (LP) 15 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

Las Ordenanzas N° 11/2005, N° 63/2012, N° 01/2015 del Concejo Deliberante de Caleufu, donde se dispone aceptar la donación de terrenos de ”Estancias y Colonias Trenel S.A” a favor de la Municipalidad de Caleufu, y a suscribir las escrituras traslativas de dominio correspondientes por parte del Ejecutivo. 


CONSIDERANDO: 

Que es de suma importancia regularizar la situación dominial de los terrenos ocupados por vecinos de nuestra localidad. 

Que la Municipalidad de Caleufu acepto en donación terrenos de Estancias y Colonia Trenel S.A. y suscribió las escrituras traslativas de dominio,

Que los inmuebles identificados con las siguientes nomenclaturas catastral serán DONADOS por la Municipalidad de Caleufu a los actuales poseedores:

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio c, Manzana 2, Parcela 5, Partida numero 590.509 corresponde a Mónica Beatriz SCHÉFFER , DNI N° 27.449.096,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana2, Parcela 11,Partida Numero 590.517, corresponde a Carlos Ariel CARRIZO, DNI N° 25.520.084,

- Ejido 083, Circunscripción 1, RadioC, Manzana 3, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.520 corresponde a Domingo CASTAGNO DNI N° 11.509.162 y Gladys Haydee MAMANI , DNI N° 17.262.554,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 3, Parcela 11, PARTIDA NUMERO 590.524 CORRESPONDE a Alberto Bartolo LAMBERTO DNI N° 10.951,048.

- Ejido 083 Circunscripción 1,Radio C, Manzana 4,Parcela 4, PARTIDA NUMERO 590.534 corresponde a lan Cruz AIMAR CORA DNI° 40.610.043.

-  Ejido083 , Circunscripción 1, Radio C, Manzana 4, Parcela 6, PARTIDA NUMERO 590.538 corresponde a Miguel Ángel SCHEFFER DNI N° 26.983.791.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.544 corresponde a Norma Angélica CAMPOS DNI N° 12.287.941.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 7, PARTIDA NUMERO 590.551 corresponde a Raúl Horacio DELSOL DNI N° 24.337.914.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana S, Parcela 9 PARTIDA NUMERO 590.553 corresponde a Héctor Ariel AZNAREZ DNI N° 24.419.994.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C Manzana 5, Parcela 10, PARTIDA NUMERO 590.554 corresponde a Enrique Aníbal URQUIZA DNI N 07.367.997.

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 9, Parcela 4, partida numero 590.596 CORRESPONDE A Juna Carlos QUIROGA DNI N° 12.287.947.

- Que consta en los registros de la Secretaria de Administración y Hacienda pagos de los impuestos Municipales,

- Que es competencia del Concejo Deliberante autorizar la Donación de terreno Municipal, según dispone Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.” Los bienes Municipales podrán ser donados cuando lo fueren a favor del Estado Nacional ,Provincial o de otras Municipalidades o Comisiones de Fomento, cooperativas, institutos de enseñanza, salubridad, beneficencia, instituciones deportivas y en general, a entidades de bien público o a personas indigentes o de escasos recursos, ocupantes o no.

- Asimismo, las Municipalidades podrán efectuar donaciones a favor de Asociaciones religiosas, gremiales, profesionales, sindicales, educacionales, asistenciales y en general a entidades de bien común legalmente reconocidas que no persigan fines de lucro, de bienes que no estuvieran afectados a servicios públicos ni obras de utilidad en general.

- El Concejo Deliberante, autorizar con el voto de los dos tercios del total de sus miembros las donaciones mencionadas.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adjudicar en DONACION en el marco del Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, los siguientes inmuebles;

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio c, Manzana 2, Parcela 5, Partida numero 590.509 corresponde a Mónica Beatriz SCHÉFFER , DNI N° 27.449.096,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana2, Parcela 11,Partida Numero 590.517, corresponde a Carlos Ariel CARRIZO, DNI N° 25.520.084,

- Ejido 083, Circunscripción 1, RadioC, Manzana 3, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.520 corresponde a Domingo CASTAGNO DNI N° 11.509.162 y Gladys Haydee MAMANI , DNI N° 17.262.554,

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 3, Parcela 11, PARTIDA NUMERO 590.524 CORRESPONDE a Alberto Bartolo LAMBERTO DNI N° 10.951,048.

- Ejido 083 Circunscripción 1,Radio C, Manzana 4,Parcela 4, PARTIDA NUMERO 590.534 corresponde a lan Cruz AIMAR CORA DNI° 40.610.043.

-  Ejido083 , Circunscripción 1, Radio C, Manzana 4, Parcela 6, PARTIDA NUMERO 590.538 corresponde a Miguel Ángel SCHEFFER DNI N° 26.983.791.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 2, PARTIDA NUMERO 590.544 corresponde a Norma Angélica CAMPOS DNI N° 12.287.941.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana 5, Parcela 7, PARTIDA NUMERO 590.551 corresponde a Raúl Horacio DELSOL DNI N° 24.337.914.

- Ejido 083, Circunscripción 1, Radio C, Manzana S, Parcela 9 PARTIDA NUMERO 590.553 corresponde a Héctor Ariel AZNAREZ DNI N° 24.419.994.

- Ejido 083,Circunscripcion 1, Radio C Manzana 5, Parcela 10, PARTIDA NUMERO 590.554 corresponde a Enrique Aníbal URQUIZA DNI N 07.367.997.

- Ejido 083,Circunscripcion 1,Radio C, Manzana 9, Parcela 4, partida numero 590.596 CORRESPONDE A Juna Carlos QUIROGA DNI N° 12.287.947., todos de propiedad de la Municipalidad de Caleufu .Correspondiendo los gastos de formalización de los tramites a los adjudicatarios, siendo el plazo máximo de escrituración de (12) doce meses.

Artículo 2°: Facultar al Poder Ejecutivo a suscribir el instrumento traslativo de dominio y demás trámites necesarios a tal fin.

Artículo 3°: Elévese copia de la presente a fos interesados.

Artículo 4°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación.

Artículo 5°: Dese al Libro de Ordenanza y Resoluciones, cumplido Archívese.



ORDENANZA N° 44/2016




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ORDENANZA 43 / 2016 - Adjudica Inmueble en Donación

 



Caleufu (LP) 1 de Septiembre de 2016 


VISTO: 

La necesidad del Sr .Marcelo UGAS solicitando regularizar la situación dominial del terreno que ocupa desde el año 2010. 

Que en el predio cuya Partida 735893 , Nomenclatura Catastral : Ejido 83 , Circ 01, Rad.C, Mza.023A, Par.21 de propiedad de la Municipalidad de Caleufu , se construyó una Unidad Habitacional, Plan Solución Habitacional N° 1 adjudicada a UGAS Marcelo-Vargas Hilda Isabel en el año 2010. 


CONSIDERANDO: 

Que es de suma importancia ser titular de dominio de! terreno de la casa donde habita la familia;

Que la familia UGAS/VARGAS no tiene otro bien inmueble registrado a su nombre;

Que los mismos son ocupantes del terreno y tienen interés en regularizar su situación;

Que consta en los registros de la Secretaria de Administración y Hacienda pagos puntuales de su vivienda e impuestos municipales,

Que es competencia del Concejo Deliberante autorizar la DONACION de terreno municipal, según dispone Art 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento: “Los bienes municipales podrán ser donados cuando lo fueren a favor del Estado Nacional, Provincial o de otras Municipalidades o Comisiones de Fomento ,Cooperativas,, institutos de enseñanza, salubridad ,beneficencia, instituciones deportivas y en general, a entidades de bien público o a personas indigentes o de escasos recursos ocupantes o no,

Asimismo, las Municipalidades podrán efectuar donaciones a favor de Asociaciones religiosas, gremiales, profesionales, sindicales, educacionales, asistenciales y en general a entidades de bien común legalmente reconocidas que no persigan fines de lucro, de bienes que no estuvieran afectados a servicios públicos ni obras de utilidad en general.

El Concejo Deliberante, autorizara con el voto de los dos tercios del total de sus miembros las donaciones mencionadas”.

Concejo Deliberante de Caleufú
Calle España 239 - CP 6387 - Caleufú (La Pampa)


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adjudicar en DONACION en el marco del Art N” 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, la parcela , Partida 735893, Nomenclatura Catastral : Ejido 83 , Circ.01, Rad.C, Mza.023A , Par.21 de propiedad de la Municipalidad de Caleufu al Señor UGAS Marcelo .Correspondiendo los gastos de formalización de los tramites al adjudicatario.

Artículo 2°: Facultar al Poder Ejecutivo a suscribir el instrumento traslativo de dominio y demás trámites necesarios a tal fin.

Artículo 3°: Elévese copia de la presente a los interesados.

Artículo 4°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y promulgación.

Artículo 5°: Dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, Cumplido Archivese



ORDENANZA N° 43/2016





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ORDENANZA 42 / 2016 - Ratifica Contrato de Concesión Restaurant Parque Recreativo Municipal

 


Caleufu (LP) 1 de  Septiembre de 2016 


VISTO: 

El contrato de concesión celebrado por la Municipalidad de Caleufu con la Sra. Carla María Garay DNI 24.702.270 con fecha 04 de Agosto de 2016. 


CONSIDERANDO: 

Que mediante dicho contrato la Sra. Carla María Garay, DNI 24.702.270, se convierte en CONCESIONARIO de los servicios del Restaurante Confitería de propiedad municipal ubicado en el Parque Recreativo Municipal de Caleufu , Sito en la calle España sobre el acceso de ingreso a la localidad.

Que el término de este contrato queda fijado en 1 año con opción a dos más, a partir del día 04 de Agosto de 2016, venciendo el plazo contractual el día 04 de Agosto de 2017.

Que el Contrato de Concesión fue analizado y aprobado por este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 31 de Agosto de 2016.

Que la presente es dictada dentro de las facultades y competencias que la Ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento otorga a este Cuerpo Deliberativo Municipal. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Ratificar todo lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal en la suscripción del contrato de concesión celebrado con la Señora Carla María GARAY, DNI 24.702.270, con fecha 04 de Agosto de 2016,

Artículo 2°: Notifíquese con copia al Departamento Ejecutivo, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido archívese.



ORDENANZA N° 42/2016





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ORDENANZA 41 / 2016 - Aprueba Balance Mayo 2016

 


Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016 


VISTO:

El Balance del mes de Mayo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Mayo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.


ORDENANZA N° 41/2016






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ORDENANZA 40 / 2016 - Declara de Interés Municipal los Festejos del 105° Aniversario de Caleufú

 




Caleufu (LP) 18 de Agosto de 2016 


VISTO: 

El 105° aniversario de la localidad a cumplirse el 29 de Octubre del corriente año; y 


CONSIDERANDO: 

Que es intención de la Municipalidad realizar una serie de eventos y festejos para conmemorar dicho aniversario;

Que dentro de dichos eventos y festejos se prevé la realización de distintas actividades culturales con la participación de las entidades e instituciones del medio , un acto central con la recepción de autoridades locales, provinciales e invitados especiales, y la presentación de diversos espectáculos musicales a cargo de artistas zonales y nacionales;

Que a los fines de llevar adelante la organización de la fiesta resulta adecuado declarar de interés Municipal a la misma, integrando y comprometiendo así a las instituciones e entidades del medio, como también a la población en general;

Que para solventar parcialmente los distintos gastos de organización el Departamento Ejecutivo brindara y explotara los servicios de cantina y además solicitara a los distintos comercios y empresas del medio su colaboración a cambio de alguna pauta publicitaria;

Que este Cuerpo Deliberativo comparte y acompaña con beneplácito la organización del 105° aniversario de la localidad;


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Declárese de interés municipal la conmemoración y festejos del 105° aniversario de la localidad.

Artículo 2°: Facultese al Poder Ejecutivo a llevar a cabo las distintas acciones, actividades y contrataciones destinadas a la organización del aniversario , autorizándose la explotación en el mismo de los servicios de cantina y la solicitud a las empresas y comercios del medio colaboraciones a cambio de alguna pauta publicitaria a desarrollarse en el transcurso del evento.
Los ingresos percibidos y su correspondiente afectación deberán ser rendidos mediante un Balance a este Cuerpo Deliberativo dentro de los treinta días corridos de la fecha del aniversario.

Artículo 3°: Ratificase lo actuado por el Poder Ejecutivo y apruébense las contrataciones realizadas con el Señor Roberto Ayala, en representación de los “Ceibales” por un monto de $30.000 y de “Paola Arias” por un monto de $60.000, conforme a los contratos que se adjuntan.

Artículo 4°: Pase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcribase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido, archívese.



ORDENANZA N° 40/2016






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RESOLUCIÓN 04 / 2016 - Solicita Información al Área de Acción Social

 


Caleufu (L.P) 21 de Julio de 2016


VISTO: 

El funcionamiento del Área de Social 


CONSIDERANDO: 

Que la misma cumple un rol fundamental dentro de la sociedad.

Que sus acciones permiten determinar las necesidades sociales familiares e individuales dentro de la comunidad.

Que sus informes generan los datos necesarios para desarrollar un plan de acción adecuado a cada necesidad individual y colectiva.

Que es facultad del Concejo Deliberante según Ley N° 1597, de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
RESUELVE

Articulo N° 1: Solicitar un informe detallado sobre situaciones sociales y actuales de la población en general.

ArticuloN° 2: Especificar recursos y humanos, habilidades y estrategias implementadas por el equipo técnico.

Articulo N° 3: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido archívese.



RESOLUCIÓN N° 04/2016






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ORDENANZA 39 / 2016 - Aprueba Balance Abril 2016

 


Caleufu (LP) 21 de Julio de 2016 

 
VISTO: 

El Balance del mes de Abril de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Abril de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 39/2016





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ORDENANZA 38 / 2016 - Modifica Ordenanza N° 27-2016

 

 
Caleufu (LP) 21 de julio de 2016 


VISTO: 

La Ordenanza N° 27/2016 y, 


CONSIDERANDO: 

Que es facultad de este Concejo Deliberante, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N°:1597, modificar la misma. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo N° 1: Modificase el Articulo N°1 de la Ordenanza N°:27/2016, el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo N°1: Aprobar el otorgamiento de un crédito de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($150.000) al Sr Hugo Leandro Blanco DNI 29.155.050, Cuit-Cuil 23-29.155.050-9 domiciliado en la calle Rivadavia N°315 de Caleufu, Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación , destinado a financiar el proyecto productivo a desarrollarse en nuestra localidad —Estudio Fotográfico Profesional -el cual tiene proyección local y regional.

Articulo N° 2: Modificase el Articulo N°3 de la Ordenanza N°:27/2016 , el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo N°3: Al crédito acordado se le aplicara una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (465) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días publicada por B.C.R.A de forma mensual .El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porcentuales de la tasa base , como también, la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).

Artículo N° 3: Incorpórese a la presente Ordenanza, como anexo 1 el texto ordenado de la Ordenanza N° 27/2016,

Articulo N° 4: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación, y aprobado, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 38/2016






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ORDENANZA 37 / 2016 - Modifica Ordenanza N° 26-2016

 


Caleufú (LP) 21 de julio de 2016 


VISTO: 

La Ordenanza N° 26/2016 y, 


CONSIDERANDO: 

Que es facultad de este Concejo Deliberante, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N:1597, modificar la misma, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Modíficase el Articulo N° 1 de la Ordenanza N° 26/2016, el que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo N° 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($470.000) al Sr Roberto Carlos ALEMANY, DNI 20.474.777 , Cuit-Cuil 20-20.474.777-7 domiciliado en la calle Av. Roque Sáenz Peña N° 165 de Caleufu Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación , destinado a financiar el proyecto productivo a desarrollarse en nuestra localidad —Autoservicio Caleufu-el cual tiene proyección local y regional.

Articulo N° 2: Modificase el Articulo N° 3 de la Ordenanza N° 26/2016,, el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo N° 3: Al crédito acordado se le aplicara una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días publicada por B.C.R.A de forma mensual .El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porcentuales de la tasa base, como también, la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser interior al seis por ciento (%6).

Articulo N° 3: Incorpórese a la presente Ordenanza, como anexo 1 el texto ordenado de la Ordenanza N° 26/2016.

Artículo N° 4: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación, y aprobado, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 37/2016






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ORDENANZA 36 / 2016 - Modifica Ordenanza N° 25-2016

 


Caleufú (LP) 21 de Julio de 2016 


VISTO: 

La Ordenanza N° 25/2016 y, 


CONSIDERANDO: 

Que es facultad de este Concejo Deliberante, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N° 1597, modificar la misma. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Modificase el Articulo N° 1 de la Ordenanza N°: 25/2036, el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo N° 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100($350.000) al Sr Emmanuel Enrique DELSOL,DNI 30.311.785,Cuit-Cuil 20-30,311.785-8 domiciliado en el Pje Plaza N° 402 de Caleufu Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley Provincial N° 2870 de Promoción Económica y su reglamentación, destinado a financiar el proyecto productivo a desarrollarse en nuestra localidad —Criadero de Reproductores Avícolas - el cual tiene proyección local y regional.

Artículo N° 2: Modificase el Articulo N° 3 de la Ordenanza N°: 25/2016,, el que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo N° 3: Al crédito acordado se le aplicara una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (265) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días publicada por B.C.R.A de forma mensual .El porcentaje de bonificación de ta tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porcentuales de la tasa base, como también, la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).

Articulo N° 3: Incorpórese a la presente Ordenanza, como anexo 1 el texto ordenado de la Ordenanza N° 25/2016.

Articulo N° 4: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación, y aprobado, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 36/2016





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ORDENANZA 35 / 2016 - Modifica Ordenanza N° 24-2016

 


Caleufu (L.P) 21 de Julio de 2016 


VISTO: 

La Ordenanza N° 24/2016 y, 


CONSIDERANDO: 

Que es facultad de este Concejo Deliberante, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N° 1597, modificar la misma. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Articulo N° 1: Modificase el Articulo N° 1 de la Ordenanza N° 24/2016, el que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo N° 1: Aprobar el otorgamiento de un crédito de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($350.000) a la Sra. Alicia Beatriz CERLIANI, DNI 18.018.936 Cuit Cuil 27-18.018.936-5 domiciliada en la calle Bartolomé Mitre N° 439 de Caleufu , Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley Provincial N°: 2870 de Promoción Económica y su reglamentación , destinado a financiar el proyecto productivo a desarrollarse en nuestra localidad-Autoservicio ECOTAL —el cual tiene proyección local y regional.

Articulo N° 2: Modíficase el Articulo N° 3 de la Ordenanza N° 24/2016 , el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo N° 3: Al crédito acordado se le aplicara una tasa de interés variable y surgirá de bonificar el sesenta y cinco por ciento (%65) de la tasa encuesta del plazo fijo 60 o más días publicada por B.C.R.A de forma mensual . El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos porcentuales de la tasa base, como también, la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (%6).

Articulo N° 3: Incorpórese a la presente Ordenanza, como anexo 1 el texto ordenado de la Ordenanza N° 24/2016,

Artículo N° 4: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación, y aprobado, transcríbase al libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese.



ORDENANZA N° 35/2016





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ORDENANZA 34 / 2016 - Aprueba Balance Marzo 2016

 


Caleufu (LP) 7 de Julio de 2016 


VISTO: 

El Balance del mes de Marzo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo para su posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 


Que de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos, 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébese el Balance del mes de Marzo de 2016, elevado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 2°: Elévese copia de Ordenanza al Departamento Ejecutivo Para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secretaria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto
archívese.



ORDENANZA N° 34/2016





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ORDENANZA 33 / 2016 - Aprueba Rendición Acompañante Domiciliario

 


Caleufu (L.P) 7 de Julio de 2016 


VISTO: 

La rendición de Acompañante Domiciliario Expedientes 263/16, 3209/16, 5281/16, 6560/16, elevada por el Departamento Ejecutivo para su Posterior estudio y verificación, y 


CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo al estudio y verificación, los resultados se consideran correctos. 


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Se aprueba la Rendición de Acompañante Domiciliario - Expedientes N° 2263/16, 3209/16, 5281/16, 6560/16, elevada por el Departamento Ejecutivo. 

Artículo 2°: Elévese copia de la presente al Departamento Ejecutivo Para su conocimiento y de forma.

Artículo 3°: Pase a Secreta ria, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto archívese,



ORDENANZA N° 33/2016





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ORDENANZA 32 / 2016 - Adhiere a Ley Provincial N° 2899

 


Caleufu (LP) 7 de Julio de 2016 


VISTO: 

La Ley Provincial N° 2899, 


CONSIDERANDO: 

Que la misma sustituye la redacción del Artículo N° 3 de la Ley N° 2392, modificado por la Ley N° 2691, referido al destino de las sumas coparticipadas por las Regalías Hidrocarburiferas;

Que es facultad del Concejo Deliberante según la ley Provincial N° 1597 de Municipalidades y Comisiones de Fomento.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Adhiérase a la Ley Provincial N° 2899.

Articulo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Caleufu para su promulgación y aprobado, transcríbase al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido esto, archívese.



ORDENANZA N° 32/2016





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ORDENANZA 31 / 2016 - Autoriza Adquisición de Barredora de Arrastre 0 Km

 


Caleufú (LP) 7 de Julio de 2016


VISTO: 

Que la Municipalidad de Caleufu tiene a su cargo prestar el servicio de conservación, mantenimiento y limpieza de calles


CONSIDERANDO: 

Que la limpieza de la vía pública garantiza la salud de nuestros vecinos,

Que es de interés de este Municipio prestar el servicio de manera eficiente;

Que esinterés de este Municipio promover acciones en virtud del bienestar público,

Que es de interés del Departamento Ejecutivo adquirir una Barredora de Arrastre optimizando la limpieza de las calles y cordón cuneta,

Que los recursos para tal fin provendrán de los ingresos coparticipables del Fondo Federal Solidario,

Que es facultad del Concejo Deliberante autorizar las compras que superen los montos autorizados para las compras directas por ordenanza.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CALEUFU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1°: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal la adquisición de una Barredora de Arrastre nueva O Km, por un monto de $370.000 con IVA incluido, a Industrias ARRIETO , según presupuesto adjunto.

Artículo 2°: Autorizar a reestructurar el presupuesto de Gastos vigente para afectar la inversión  autorizada, conforme el siguiente detalle:

Código                        Denominación                                        En más                         En menos
4.1.2.0.1.              Maquinarias y Equipos C/Rec Afectados.       $370.000

4.2.2.0.1.              Obra Asfalto C/Recursos Afectados.                                                     $100.000
4.2.2.0.6.                Refacción Edificios Municipales.                                                        $270.000

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su registro y promulgación, comuníquese, publíquese y archívese.

ORDENANZA 31/2016




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